Deuda con Seguridad Social

¿Puedo cancelar la deuda con la Seguridad Social con la Segunda Oportunidad?

Sí, con las mismas condiciones que la deuda con Hacienda. Desde la jurisprudencia del TJUE de 2024 y las sentencias del Tribunal Supremo de 2026, es posible exonerar deuda con la Seguridad Social por encima del límite legal de 10.000€ en casos proporcionados. Especialmente relevante para autónomos con cuotas acumuladas.

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Segunda Oportunidad y deuda con seguridad social
Las cuotas de autónomo impagadas son la deuda con la Seguridad Social más frecuente en los expedientes de Segunda Oportunidad. En muchos casos acumulan recargos e intereses que multiplican el importe original.

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Casos resueltos con deuda con seguridad social
Casos reales (datos anonimizados)
Ramón C. · Autónomo · 4 años de cuotas
11 meses
44.300€ cancelados
Elena y David P. · Autónomos · SS + AEAT
13 meses
89.700€ cancelados
Preguntas frecuentes sobre deuda con seguridad social y la Segunda Oportunidad
¿Cuánta deuda con la Seguridad Social puedo cancelar?
El límite legal es 10.000€, pero desde 2024 los tribunales pueden superarlo cuando la aplicación estricta resulta desproporcionada. En 2026 hay sentencias que han exonerado más de 100.000€ de deuda pública combinada.
¿La Seguridad Social puede oponerse a mi exoneración?
Sí. La TGSS puede personarse en el procedimiento. Es fundamental acreditar buena fe e insolvencia real. Un caso bien documentado tiene muchas más probabilidades de éxito incluso con oposición.
¿Qué pasa con las cuotas de autónomo que no pagué?
Las cuotas de autónomo impagadas son deuda con la Seguridad Social y pueden incluirse en el proceso de Segunda Oportunidad. Es uno de los motivos más frecuentes de solicitud entre autónomos.
¿Puedo seguir siendo autónomo después de la Segunda Oportunidad?
Sí. La Segunda Oportunidad no impide continuar como autónomo. Puedes reanudar o continuar tu actividad económica una vez obtenida la exoneración.
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